Calculadora IVA Trimestral — Modelo 303
Calcula cuánto IVA debes ingresar a Hacienda (o compensar) este trimestre. Con desglose por casillas del Modelo 303.
Actualizada: mayo 2026 · Tipos vigentes: 21%, 10%, 4% · Fuente: AEATAlimentación, transporte, hostelería, vivienda nueva, etc.
Pan, leche, libros, medicamentos, VPO, etc.
Suma del IVA de todas tus facturas de gastos deducibles: alquiler, suministros, material, herramientas, servicios profesionales, etc.
Solo si en un trimestre anterior te salió a compensar (resultado negativo que no pediste que te devolvieran).
Esta calculadora ofrece resultados orientativos. No sustituye el asesoramiento fiscal profesional. Ver aviso legal.
¿Qué es el Modelo 303 y quién debe presentarlo?
El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA que deben presentar todos los autónomos y empresas dados de alta como obligados tributarios del IVA en régimen general. Es el modelo tributario con mayor volumen de presentaciones en España.
La lógica es sencilla: cada trimestre, calculas la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus gastos de actividad (IVA soportado deducible). Si has cobrado más IVA del que has pagado, ingresas la diferencia a Hacienda. Si has pagado más del que has cobrado, puedes compensar o pedir devolución.
Plazos de presentación del Modelo 303 en 2026
| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | Plazo domiciliación |
|---|---|---|---|
| 1T | Enero – Marzo | 1 – 20 de abril | 1 – 15 de abril |
| 2T | Abril – Junio | 1 – 20 de julio | 1 – 15 de julio |
| 3T | Julio – Septiembre | 1 – 20 de octubre | 1 – 15 de octubre |
| 4T | Octubre – Diciembre | 1 – 30 de enero (2027) | 1 – 25 de enero |
Tipos impositivos del IVA en 2026
- 21% (tipo general) — se aplica a la mayoría de bienes y servicios: consultoría, diseño, marketing, tecnología, ropa, electrónica, etc.
- 10% (tipo reducido) — alimentación general, transporte de viajeros, hostelería, vivienda nueva, servicios de peluquería, espectáculos, etc.
- 4% (tipo superreducido) — pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos, medicamentos, VPO, prótesis, etc.
- 0% (exento) — sanidad pública, educación, seguros, operaciones financieras. Estos no se incluyen en el Modelo 303.
Errores frecuentes en el Modelo 303
- Deducir IVA de gastos no relacionados con la actividad. Solo puedes deducir el IVA de gastos directamente vinculados a tu actividad económica.
- Olvidar la presentación sin actividad. Si estás dado de alta en IVA, debes presentar el 303 incluso si no has facturado nada ese trimestre.
- Mezclar IVA soportado deducible con no deducible. El IVA de comidas personales, ropa no laboral o gastos del hogar (salvo la parte afecta) no es deducible.
- No arrastrar compensaciones. Si un trimestre te sale negativo, debes indicar ese saldo como compensación en el trimestre siguiente.
- Gestionar mal el IVA de operaciones internacionales. Las facturas a clientes intracomunitarios o de fuera de la UE tienen reglas de IVA específicas (inversión del sujeto pasivo, exenciones y el régimen OSS) que cambian lo que declaras en el Modelo 303. Si trabajas con clientes en el extranjero, revisa nuestra sección de facturación internacional.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Presentar el Modelo 303 fuera de plazo sin requerimiento previo de Hacienda conlleva un recargo del 1% por cada mes de retraso hasta los 12 meses. A partir de ahí, el recargo sube al 15% más intereses de demora. Si es Hacienda quien te requiere antes de que presentes, la sanción puede ir del 50% al 150% de la cuota.