Calculadora Cuota de Autónomos 2026
Calcula tu cuota mensual según tus ingresos reales. 15 tramos del RETA actualizados con el desglose completo de la cotización.
Actualizada: mayo 2026 · Fuente: Orden PJC/297/2026 (BOE 31/03/2026) · RD-ley 3/2026Total de facturación anual antes de gastos e impuestos.
Gastos de la actividad: alquiler, suministros, material, seguros, etc.
Esta calculadora ofrece resultados orientativos. No sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal. Ver aviso legal.
¿Cómo funciona la cuota de autónomos en 2026?
Desde 2023, los autónomos en España cotizan según un sistema de 15 tramos basados en sus rendimientos netos reales. Este sistema sustituyó al modelo anterior donde cada autónomo elegía libremente su base de cotización independientemente de lo que ganaba.
En 2026, las cuotas están congeladas respecto a 2025 tras el Real Decreto-ley 3/2026, que prorrogó las tablas de cotización del ejercicio anterior. La única variación es la subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) del 0,80% al 0,90%, lo que supone entre 6 € y 24 € más al mes según la base de cotización.
Para entender en detalle cómo se calcula tu cuota y qué cambia este año, puedes leer nuestra guía completa de la cuota de autónomos 2026.
Tabla completa de tramos y cuotas 2026
Las cuotas indicadas corresponden a cotizar por la base mínima de cada tramo:
| Tramo | Rendimiento neto mensual | Base mín. | Cuota mín. |
|---|---|---|---|
| T1 | ≤ 670 € | 653,59 € | 205,88 € |
| T2 | 670,01 – 900 € | 735,29 € | 231,62 € |
| T3 | 900,01 – 1.166,70 € | 816,99 € | 257,35 € |
| T4 | 1.166,71 – 1.300 € | 872,55 € | 274,85 € |
| T5 | 1.300,01 – 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € |
| T6 | 1.500,01 – 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € |
| T7 | 1.700,01 – 1.850 € | 1.045,75 € | 329,41 € |
| T8 | 1.850,01 – 2.030 € | 1.062,09 € | 334,56 € |
| T9 | 2.030,01 – 2.330 € | 1.078,43 € | 339,71 € |
| T10 | 2.330,01 – 2.760 € | 1.111,11 € | 350,00 € |
| T11 | 2.760,01 – 3.190 € | 1.176,47 € | 370,59 € |
| T12 | 3.190,01 – 3.620 € | 1.241,83 € | 391,18 € |
| T13 | 3.620,01 – 4.050 € | 1.307,19 € | 411,76 € |
| T14 | 4.050,01 – 6.000 € | 1.454,25 € | 458,09 € |
| T15 | > 6.000 € | 1.732,03 € | 545,59 € |
Autónomos societarios: la subida de 2026
La Orden PJC/297/2026, publicada en el BOE el 31 de marzo de 2026, establece que la base mínima de cotización para autónomos societarios y familiares colaboradores pasa a 1.424,40 €/mes. Esto supone una subida del 42% respecto a la base de 1.000 € que se venía aplicando como mínimo transitorio entre 2023 y 2025.
Además, los autónomos societarios aplican una deducción por gastos genéricos del 3% (frente al 7% de los autónomos persona física), lo que resulta en rendimientos netos más altos para los mismos ingresos brutos. Ambas diferencias, combinadas, pueden suponer una brecha de varios miles de euros al año.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Si te das de alta como autónomo por primera vez (o han pasado más de 2 años desde tu última baja en el RETA), puedes acogerte a la tarifa plana de 80 €/mes durante 12 meses. La base de cotización durante ese periodo es de 653,59 € (la mínima del tramo 1), a la que se suma el MEI del 0,90%, resultando en una cuota real aproximada de 88,64 €/mes.
Si al finalizar los primeros 12 meses tus ingresos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales con la misma cuota reducida.
Si acabas de empezar, te conviene revisar nuestra guía para nuevos autónomos 2026, con todos los pasos del alta y las ayudas disponibles.
Cómo se calculan los rendimientos netos
El cálculo de los rendimientos netos determina en qué tramo te sitúas. La fórmula es:
- Paso 1: Ingresos brutos anuales − gastos deducibles anuales = resultado previo.
- Paso 2: Resultado previo − deducción por gastos genéricos (7% para persona física, 3% para societario) = rendimiento neto anual.
- Paso 3: Rendimiento neto anual ÷ 12 = rendimiento neto mensual.
- Paso 4: Identificar el tramo correspondiente en la tabla de 15 tramos.
Es importante recordar que la Seguridad Social realizará una regularización anual al cierre del ejercicio. Si cotizaste por encima de lo que correspondía a tus ingresos reales, recibirás una devolución. Si cotizaste por debajo, deberás abonar la diferencia.